viernes, 27 de junio de 2008

El desafío Ibarreche y la Constitución

Es indudable que nuestra Constitución de 1978, con todos sus defectos y virtudes, deja pocos cabos sueltos para regular la convivencia de los ciudadanos españoles.
Así, ante el desafío mesiánico del señor Ibarreche, empeñado hasta en pactar con los proetarras para sacar adelante su referendo ilegal de autodeterminación, nuestra Carta Magna tiene prevista la respuesta, que recoge en su artículo 155.1:
Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras Leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
Queda claro que, cuando el gobierno del Estado habla de acudir al Tribunal Constitucional con la iniciativa impulsada por Ibarreche, lo que hace es diferir un problema para el que la legalidad vigente le otorga indudables atribuciones, haciendo una nueva demostración de debilidad del Gobierno de España frente a un partido secesionista que se ampara institucionalmente tras una administración autonómica para vulnerar la ley, desafiar al Estado y burlarse de la nación.



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